29/11/2012
El Senado de la Provincia aprobó la Ley de Acceso Justo al Hábitat
La Cámara, presidida por el vicegobernador Mariotto, convirtió en Ley la protección de la vivienda única y de
ocupación permanente que a partir de ahora será inembargable.
Se trata de una de las iniciativas que desde ETIS veníamos acompañando desde la Red Encuentro de ONG de Promoción y Desarrollo, activos promotoroes del Espacio Habitar Argentina.
Son cuatro las leyes de hábitat y acceso a la vivienda por las que desde este espacio estamos promoviendo, y esto siginfica un importante avance a los reclamos de nuestras organizaciones.
El Senado
provincial aprobó hoy el proyecto de Ley de Acceso Justo al Hábitat que
promueve el derecho a la vivienda digna y la generación de proyectos
habitacionales, de urbanizaciones sociales y de procesos de
regularización de barrios informales. La norma busca atender
integralmente la diversidad y complejidad de la demanda urbano habitacional
y propone instrumentos para reducir las expectativas especulativas de
valorización del suelo.
La Ley habilita
a la Provincia a rehabilitar y adecuar normativamente los inmuebles
fiscales aptos para uso social y colectivo y a facilitar tierra fiscal
destinada al Programa ProCreAr implementado por el Poder Ejecutivo
Nacional.
La norma votada
hoy considera parámetros mínimos de calidad ambiental y de
infraestructura para las viviendas. Los proyectos de urbanización deben
prever obras de infraestructura mínimas que se ejecutarán en forma
progresiva, como calles y obras de escurrimiento de aguas superficiales
y desagües pluviales; energía eléctrica para alumbrado público y uso
domiciliario; agua potable en cantidad y calidad; y forestación y señalización
urbana. También se incluyeron criterios para avanzar en la integración
socio-urbana de villas y asentamientos precarios.
La iniciativa
establece para los grandes desarrollos inmobiliarios el pago de una
contribución obligatoria no inferior al diez por ciento de la
valorización inmobiliaria, siempre que ocupen predios de más de cinco
mil metros cuadrados.
En la sesión se
modificó Ley Orgánica de las Municipalidades, con el fin de asegurar la
decisión ciudadana en relación a los actos de los órganos de gobierno e
instituciones previstas por la Constitución. El cambio habilita la
revisión judicial en los casos de suspensión preventiva o destitución
de los intendentes municipales o de cualquier concejal.
http://www.senado-ba.gov.ar/prensa_noticia_individual.aspx?id=159#.ULepRZfvGgI.email
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